jueves, 9 de marzo de 2023

LA REAL Y DISTINGUIDA ORDEN DE CARLOS III; “VIRTUTI ET MERITO”



Fundada por el rey Carlos III el 19 de septiembre de 1771 en el Palacio Real de San Lorenzo de El Escorial, fue considerada desde sus inicios, dentro de la categoría de Órdenes militares, como una Orden de caballería pasando a convertirse en Orden civil en 1847.

El propósito del rey al fundarla fue dotar de honores y pensión, en el caso de los caballeros pensionados, a distinguidos oficiales de los Reales Ejércitos o la Real Armada sin que los agraciados con este privilegio tuvieren que gastar dinero o someterse a un proceso de probanzas previo, necesario para el ingreso en otras Órdenes militares.

No se nos escapa la afición de este monarca por las Órdenes caballerescas, lo que le llevó a fundar anteriormente, en 1738, la Insigne Real Orden de San Genero para conmemorar sus esponsales con María Amalia princesa de Sajonia, ni su gran devoción por la Inmaculada Concepción. Tampoco que ese 19 de septiembre nació su efímero nieto el infante Carlos Clemente primer vástago de Carlos IV y Maria Luisa de Borbón princesa de Parma, por entonces príncipes de Asturias, después de cinco años de matrimonio.

El monarca afirmó haber rezado incontables veces a esta virgen solicitándole la continuidad de la dinastía, y tal fue su alegría viendo atendidas sus plegarias que el día que su nuera pudo asistir al primer oficio religioso con su hijo en los brazos, promulgó las normas de concesión de la Orden otorgándose a sí mismo el título de Gran Maestre y fijando como condición para acceder a este gran maestrazgo ostentar el título de Rey de España.

Fue reconocida esta Orden por la Iglesia Católica mediante bula del papa Clemente XIV en 1772 concediéndole ciertos privilegios religiosos.

Los miembros de esta Orden serán de dos tipos, los caballeros Grandes Cruces y los caballeros pensionados y en ambos casos se exigirán dos requisitos: ser benemérito y afecto a su majestad, siendo la concesión del privilegio discrecional por parte del monarca.

En 1783, se amplió el tipo de miembros a tres y surgió el caballero supernumerario situado por importancia entre los anteriores. Se endurecieron los requisitos para la concesión del privilegio debiendo los honrados poseer nobleza y limpieza de sangre hasta sus bisabuelos y jurar fidelidad al rey y a la Corona, reconocer al rey como Gran Maestre y vivir y morir en la fe católica.

La Gran Cruz de esta Orden es desde su origen una cruz maltesa de plata de ocho puntas, semejante a la que se usa en la Orden de Santi-Espíritus, en cuyo centro figura la imagen de la Inmaculada Concepción con la cifra del monarca fundador y el lema latino “Virtuti et Mérito” y sobre la cruz la Corona Real española. Se usaba bordada en hilos de plata y oro sobre el lado izquierdo del pecho por los caballeros Grandes Cruces junto a una banda ancha de seda de color azul celeste con los cantos blancos, colocada desde el hombro derecho a la faldriquera izquierda y unida en los extremos por un lazo de cinta de la misma clase. En las grandes solemnidades de la corte se lucía pendiendo de un collar dorado de catorce eslabones con forma de castillos, leones y cifras del fundador.

En el caso de los caballeros pensionados la cruz era más pequeña, era conocida como la cruz chica, y pendía del ojal de la casaca, al lado izquierdo del pecho, mediante la misma cinta de seda azul celeste con los cantos blancos. La tonalidad azul celeste de la cinta obedecía a la secular atribución a la Virgen de este color.

Estableció el rey una serie de incompatibilidades con otras Órdenes, así la Gran Cruz de la Orden de Carlos III es incompatible con el collar de la Insigne Orden del Toisón de Oro o con el de la Insigne Real Orden napolitana de San Genaro, también fundada por el monarca, y las insignias de los caballeros pensionados serán incompatibles con las de las cuatro Órdenes militares, con la Regular de Malta o con la de San Luis.

En el caso de que el caballero pensionado recibiera una encomienda en cualquiera de las cuatro Órdenes militares por méritos o servicios, para poder gozar de esta deberá renunciar a la cruz de caballero pensionado y también a la pensión de 4000 reales si la hubiere, sin embargo no será necesaria la renuncia a la Gran Cruz en el caso de los caballeros Grandes Cruces para gozar de una de estas encomiendas.

Actualmente el número de otorgamientos de Grandes Cruces estaba limitado a 100 y se reserva a aquellos que hayan prestado servicios relevantes a España tal es el caso de presidentes del Congreso de los Diputados, del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Consejo General del Poder Judicial, o ministros, además de todos aquellos que posean la distinción de alguna otra Gran Cruz civil o militar durante al menos tres años.

Existen otras distinciones de esta Orden de menor categoría como son la Encomienda de Número, la Encomienda o la Cruz otorgadas por el rey a ciudadanos de a pie que hayan prestado nobles servicios a España y constituye el modo ordinario de entrar en esta Real y Distinguida Orden.

El honrado con este privilegio podrá ser desposeído de él en cualquiera de sus categorías, si ha obtenido una sentencia culpable por la comisión de un delito o si ha incurrido en actos contrarios a las razones que determinaron su concesión.

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